El Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales, a propuesta de la Comisión del Ciclo Inicial y de la Comisión de Enseñanza, aprobó, el 21 de octubre, las modificaciones de los artículos 14 y 39 del Reglamento de Cursos.
El artículo 14 establece ahora que «con carácter general, no se aceptarán inscripciones a unidades curriculares fuera de plazo. Las excepciones a esta norma, serán estudiadas por la Comisión de Enseñanza según los siguientes criterios:
a) razones de responsabilidad institucional de FCS en el proceso de inscripción en cuestión
b) unidades curriculares obligatorias que solo puedan aprobarse mediante el cursado e impliquen un retraso en el egreso
c) razones de desinformación por parte de estudiantes ingresantes a FCS en el corriente semestre
d) razones de maternidad, paternidad, enfermedad o duelo que justifiquen debidamente la imposibilidad de inscripción en tiempo (1).
En los casos «b», «c» y «d», la solicitud deberá ser iniciada hasta 15 días corridos a partir de la fecha de inicio de cursos, de otra manera no será considerada.
Las y los estudiantes que, habiendo cumplido los plazos de inscripción a curso, no resultaran sorteados en unidades curriculares con cupos, contarán con un plazo de 10 días corridos a partir de la fecha de publicación del resultados del sorteo, para solicitar ante Bedelía la inscripción a otra unidad curricular en la que haya disponibilidad.
(1) Se deberán incluir en la solicitud documentos que certifiquen la situación presentada».
Mientras que el artículo 39 determina que «el sistema de evaluación de los cursos correspondientes al Ciclo Inicial no podrá incluir pruebas de evaluación que tengan individualmente carácter eliminatorio. La inasistencia a las evaluaciones debe calificarse con cero».